La anulación del Impuesto Municipal sobre las Plusvalías, decidida por el Tribunal Constitucional, ha abierto paso a las reclamaciones de los afectados. Pero, ¿Qué podemos hacer para recuperar lo abonado?
Este impuesto grava la revalorización de los inmuebles cuando se vende el terreno en pérdidas, sin que se haya incrementado su valor, pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor. Es decir, para el Constitucional no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.
Así, la sentencia dictada por el pleno del TC obligará a reformar este impuesto local, técnicamente llamado “Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana”, una importante fuente de ingresos para los ayuntamientos.
¿Cómo reclamar la Plusvalía?
-El primer paso es presentar un escrito de solicitud de rectificación al ayuntamiento que recaudó el impuesto, con los documentos que acrediten el pago y la cuantía efectuada.
-A partir de ahí se abre la vía administrativa en los consistorios, dependiendo de si estos disponen de tribunales específicos para pronunciarse en estas cuestiones.
-Si hay una negativa por parte del Ayuntamiento o el procedimiento no se resuelve a través de la vía municipal, es entonces cuando se puede iniciar el procedimiento judicial, en este caso a través de la interposición de un recurso contencioso-administrativo.
-Antes de iniciar la vía judicial, es conveniente conocer si es rentable en términos económicos, puesto que puede ocurrir que la cantidad a recuperar sea menor a lo que haya que invertir en conceptos como la contratación de un abogado o interventor.